Provinciales
La Justicia anuló parcialmente la integración de una comisión del Senado y ordenó conformarla nuevamente
La Justicia Federal hizo lugar a una acción de amparo presentada por los senadores nacionales Daniel Bensusán y Anabel Fernández Sagasti y declaró la nulidad parcial del decreto que había definido la integración de la Comisión Bicameral Permanente del Defensor de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes. El fallo ordena al Senado conformar nuevamente ese cuerpo respetando el criterio de representación proporcional previsto por la ley.
La resolución fue dictada por el Juzgado Contencioso Administrativo Federal N.º 6, a cargo del juez Enrique Lavié Pico, quien consideró que la integración aprobada mediante el Decreto Parlamentario Presidencial N.º 32/2026 no cumplió con los requisitos establecidos por la Ley 26.061.
Según la demanda impulsada por ambos legisladores, uno de los bloques con mayor representación en la Cámara alta había quedado sin integrantes en la comisión, mientras que otro espacio con igual cantidad de senadores obtuvo dos lugares.
En su resolución, el magistrado sostuvo que el Senado no explicó los criterios utilizados para distribuir los cargos ni justificó por qué no respetó el principio de representación proporcional. Además, rechazó el argumento de que se tratara de una cuestión exclusivamente política e inmune al control judicial, al entender que el caso involucra el cumplimiento de una norma nacional.
Bensusán afirmó que el planteo no buscaba disputar cargos, sino garantizar que la comisión encargada de proteger los derechos de niñas, niños y adolescentes se integre conforme a la legislación vigente y con representación democrática de las distintas fuerzas políticas.
El fallo también señala que tanto el bloque de La Libertad Avanza como el bloque Justicialista cuentan con la misma cantidad de senadores, aunque solo el primero había obtenido dos representantes en la comisión, mientras que otros bloques con menor número de integrantes también accedieron a un lugar.
Como consecuencia de la sentencia, el Senado deberá recomponer la integración de la comisión respetando el criterio de proporcionalidad previsto en la ley. Además, la Justicia dejó sin efecto las decisiones adoptadas por ese cuerpo mientras estuvo conformado de manera considerada irregular y dispuso que las costas del proceso sean asumidas por la Cámara alta.
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