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La causa contra “Chiqui” Tapia por retención indebida de aportes entra en una etapa clave: qué puede pasar
El juez Diego Amarante quedó en condiciones de resolver la situación procesal del presidente de la AFA. Tiene un plazo de 10 días hábiles para decidir entre procesamiento, sobreseimiento o falta de mérito.
La causa judicial que investiga al presidente de la AFA, Claudio “Chiqui” Tapia, por presunta retención indebida de aportes de la seguridad social entró en una etapa decisiva. Concluidas las rondas de indagatorias y presentados los escritos de defensa, el juez en lo Penal Económico Diego Amarante quedó en condiciones de resolver la situación procesal del máximo dirigente del fútbol argentino.
A partir de ahora, el magistrado tiene un plazo de diez días hábiles para definir si dicta el procesamiento de Tapia, lo sobresee o establece la falta de mérito. Son las tres alternativas previstas en esta instancia del expediente. Según pudo saber el medio, las pruebas complican la situación del mandamás de la AFA y del tesorero Pablo Toviggino y el magistrado se inclinaría por procesarlos. La duda que persiste es si mantendrá la prohibición de que viajen al exterior.
Tapia fue indagado en una causa que investiga una presunta retención indebida de aportes de la seguridad social por un monto de 19.300 millones de pesos. La acusación sostiene que la Asociación del Fútbol Argentino no pagó en tiempo y forma el Impuesto a las Ganancias, el IVA y los aportes previsionales durante un período que va desde marzo de 2024 hasta septiembre de 2025.
Según lo establecido en la normativa vigente, el delito se configura cuando se vence el plazo para ingresar el impuesto y el pago no se realiza. En este caso, ese plazo es de 30 días desde que debieron efectuarse los aportes.
La investigación también determinó que durante ese período la AFA constituyó plazos fijos tanto en pesos como en dólares.
El planteo de la defensa de Tapia
Durante las indagatorias, los imputados presentaron escritos en los que argumentaron que no hubo incumplimiento. Según sostuvieron, existía una disposición de ARCA que impedía la ejecución fiscal de deudas impositivas en el caso de asociaciones civiles.
Desde esa perspectiva, afirmaron que no estaban obligados a cancelar esas obligaciones en ese momento.
Además, la AFA sostuvo que la deuda ya fue regularizada. También señaló que hasta mitad de este año se mantienen vigentes resoluciones de ARCA y del Ministerio de Economía que impiden ejecutar deudas fiscales, por lo que —según su postura— la deuda no podía exigirse.
En ese contexto, desde la entidad argumentaron que existe una persecución. Señalaron que la denuncia impulsada por el Gobierno de Javier Milei se presentó en diciembre de 2025, mientras que el primer incumplimiento investigado se remonta a marzo de ese mismo año.
El escrito presentado por el tesorero de la AFA, Pablo Toviggino, insistió en esa línea defensiva. “No existió ardid ni engaño alguno, sino una conducta ajustada a resoluciones administrativas dictadas en el marco de una política estatal de alivio y regularización fiscal”, afirmó. En el mismo documento agregó que “está ausente el elemento subjetivo requerido y no puede atribuirse voluntad criminal”.
Tanto Tapia como Toviggino solicitaron el sobreseimiento en la causa. Sin embargo, el juez Amarante rechazó ese pedido. La decisión ahora se encuentra bajo análisis de la Cámara en lo Penal Económico.
Los argumentos de ARCA
Del otro lado, el organismo recaudador ARCA sostiene que existió una apropiación indebida de tributos. Según su planteo, la AFA actuó como agente de retención: descontó impuestos y aportes previsionales que luego no ingresó al fisco en tiempo oportuno.
La acusación sostiene que la conducta se repitió durante 19 meses consecutivos, desde marzo de 2024 hasta septiembre de 2025. En total, ese período implicaría 69 hechos delictivos que concurren entre sí.
Para ARCA, el delito se perfecciona cuando no se deposita el dinero retenido dentro del plazo de 30 días corridos. Además, remarcan que esos fondos no eran recursos propios de la AFA, sino dinero que correspondía a los contribuyentes a los que se les había practicado la retención.
En su presentación también señalaron que la entidad tenía capacidad para realizar esos pagos. Según los datos incorporados al expediente, durante el período investigado ingresaron a la AFA alrededor de 500 mil millones de pesos.