Argentina
Condenaron a 45 años y prisión perpetua a los responsables del doble crimen de Congreso
En sus últimas palabras, los condenados dieron su versión de los hechos. «Nunca quise lastimar a nadie», dijo Juan José Navarro Cádiz. El otro principal imputado en la causa, Juan Jesús Fernández, se declaró «inocente» de los balazos que mataron al diputado Héctor Olivares y su asesor Miguel Yadón.
Los dos principales acusados por el doble crimen a balazos del diputado Héctor Olivares y su asesor Miguel Yadón, ocurrido en mayo de 2019 en la plaza ubicada frente al Congreso de la Nación, fueron condenados a 45 años de cárcel y prisión perpetua, respectivamente, por el delito de “homicidio agravado por alevosía reiterado en dos ocasiones”.
El Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 9 de la Capital Federal le aplicó al confeso autor material de los disparos, Juan José Navarro Cádiz (27), la pena de 45 años de prisión como autor del hecho y la perpetua para su primo Juan Jesús Fernández (44), pero como partícipe necesario.
La diferencia en las penas radicó en que Navarro Cádiz fue detenido en Uruguay y para lograr que sea extraditado, en su momento se fijó como condición la imposibilidad de que sea condenado a perpetua, por lo que el fiscal de Ariel Yapur y ahora el TOC 9, encontraron en el Código Penal del vecino país, la pena máxima de 45 años.
De los otros siete acusados –la mayoría familiares o allegados a los dos condenados que llegaron libres a juicio acusados de delitos menores como tenencia, portación o suministro de armas-, cinco fueron absueltos y solo dos recibieron condenas, pero en suspenso, y de hasta 2 años y 8 meses de prisión.
Al igual que había planteado en su alegato también el fiscal, los jueces Ana Dieta, Fernando Ramírez y Luis Salas le dieron la razón y no consideraron para este caso el agravante del “homicidio por placer” por el que también había llegado elevado a juicio la causa y solo consideraron el de la alevosía, es decir, el estado de indefensión que tuvieron las víctimas al ser atacadas a balazos.
Navarro Cádiz también fue condenado como autor de “portación de arma de guerra” y el TOC 9 dispuso en otros de sus puntos “poner a disposición del fiscal los testimonios y las piezas procesales que considere necesarias para que formule las denuncias pertinentes” en relación a la posible abuso sexual de su esposa, Rocío Michel Montoya (22), una de las absueltas.
Es que en su alegato, Yapur explicó que si no le fallaban las cuentas, la mujer “fue madre a las 12 ó 13 años”, y pidió que se lo investigue por presunto abuso al recordar que para la ley argentina cualquier relación sexual con un menor de 13 es delito.
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